Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 215.
Artículo 5
Los contratos deberán inscribirse a través del módulo Organización y
Funcionarios del Sistema de Gestión Humana (S.G.H.), en el Registro de
Vínculos con el Estado (R.V.E.) creado por el Artículo 13 de la Ley N°
18.719, de 27 de diciembre de 2010.