La Dirección General Impositiva dispondrá lo necesario para la adecuada
difusión entre los distintos organismos de la Administración Pública del
llamado y de las bases para el concurso de oposición y méritos o de
méritos y prueba de aptitud, según lo determina el artículo 44 de la ley
16.170, de 28 de diciembre de 1990.