APROBACION DE DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE REMATES DE EFECTOS DEPOSITADOS EN EL DEPOSITO DE BIENES MUEBLES




Promulgación: 02/05/1978
Publicación: 09/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 724
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   Los rematadores percibirán una comisión del 10% incluido el I.V.A.
junto a las comisiones legales que corresponden al Depósito Judicial.

   Las comisiones del Depósito (una comisión del 6% anual y además el 1%
por concepto de traslado, almacenaje, etc.) serán percibidas,
calculándolas sobre el monto del remate.
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