APROBACION DE DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE REMATES DE EFECTOS DEPOSITADOS EN EL DEPOSITO DE BIENES MUEBLES




Promulgación: 02/05/1978
Publicación: 09/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 724
Referencias a toda la norma

Artículo 7

Todos los actos de remate deberán controlarse mediante la presencia en
ellos del funcionario que designare el Ministerio de Justicia; en la
diligencia de remate, en el momento de ser aceptada la oferta, el
comprador deberá consignar en efectivo el 10% del importe de lo rematado.
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