DETERMINACION DE LA FRANJA DE APLICACION DEL TRIBUTO UNIFICADO




Promulgación: 15/01/1976
Publicación: 28/01/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 83
Referencias a toda la norma

Artículo 2

Las cuotas que se fijen para el pago a cuenta del Impuesto al Valor
Agregado se determinarán teniendo en cuenta los ingresos reales del año
1975 o los fictos que resulten de la aplicación del decreto 984/975 del 23
de diciembre de 1975 y el Impuesto al Valor Agregado incluido en su
documentación de compras del año 1975.

En tales casos, los pagos a cuenta se realizarán a partir del mes de
febrero de 1976 inclusive.
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