APROBACION DEL REGLAMENTO DE SERVICIOS REGULARES DE TRANSPORTE DE PERSONAS POR CARRETERA




Promulgación: 25/04/1991
Publicación: 22/07/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 285/006 de 22/08/2006 artículo 2.
Referencias a toda la norma
   Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, tendiente a la modificación de las normas
que rigen la concesión de servicios de transporte nacional e internacional
colectivo de pasajeros.

   Resultando: I) Que el ordenamiento vigente (decreto 143/983 del 8 de
abril de 1983), ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir
modificaciones y perfeccionar el régimen para la autorización de servicios
regulares de transporte por carretera adaptándolo a nuevas exigencias
técnicas y formales;

   II) Que a tales efectos la mencionada Dirección Nacional ha procedido a
elaborar un proyecto de Reglamento que regirá la autorización de Servicios
Regulares de Transporte de personas por carreteras, así como las
condiciones a cumplir por los ómnibus afectados a otros servicios.

   Considerando: conveniente aprobar dicho Reglamento, el que redundará en
una mayor eficiencia de la referida actividad.

                       El Presidente de la República,

                                   DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 228/991 de 25/04/1991 artículo 1.
Referencias al artículo

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 228/991 de 25/04/1991 artículo 2.
Referencias al artículo

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 228/991 de 25/04/1991 artículo 3.
Referencias al artículo

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 228/991 de 25/04/1991 artículo 4.
Referencias al artículo

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 228/991 de 25/04/1991 artículo 5.

LACALLE HERRERA - WILSON ELSO GOÑI - CARLOS MOREIRA - EDUARDO MEZZERA - 
AUGUSTO MONTESDEOCA 
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