Fecha de Publicación: 22/07/1991
Página: 99-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Fe de erratas publicada/s: 26/02/1996.

Artículo 3

   El presente decreto entrará a regir a los cinco días hábiles
posteriores a su publicación en diarios de circulación nacional.
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