REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 10 DE LA LEY 18.405, 8º BIS DE LA LEY 19.695, Y REGLAMENTACION DE LA LEY 20.130, RELATIVOS A ACTIVIDADES AMPARADAS POR LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD POLICIAL Y POR EL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 31/07/2023
Publicación: 01/08/2023
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 20.130 de 02/05/2023,
      Ley Nº 19.695 de 29/10/2018 artículo 8 - BIS,
      Ley Nº 18.405 de 24/10/2008 artículo 10.

Artículo 2

   (Configuración de la causal jubilatoria normal y servicios bonificados). Para la configuración de la causal jubilatoria normal en las condiciones establecidas en el artículo 35 de la Ley No. 20.130, de 2 de mayo de 2023, el personal comprendido en el subescalafón ejecutivo que compute servicios policiales bonificados deberá contar, además, con la edad real mínima prevista en el artículo 284 de la citada Ley de acuerdo con los años reales de servicios registrados al 31 de diciembre de 2023.
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