Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Las erogaciones correspondientes serán atendidas con cargo al Rubro 3.00
"Servicios no Personales" del Programa 001 "Administración Central" del
Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" siendo afectadas a los créditos
presupuestales de cada ejercicio de acuerdo a lo dispuesto por el inciso
final del artículo 47 de la Ley 16.320 de 1º de noviembre de 1992.