REGULACION DEL IMPUESTO A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES




Promulgación: 08/07/1982
Publicación: 14/07/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 98
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.294 de 23/06/1982 artículos 25 y 28.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

  - Determinación y Pago - El impuesto se liquidará y pagará conjuntamente
y dentro de los plazos establecidos para la declaración y pago de los
tributos de seguridad social que en cada caso corresponda, de acuerdo al
sistema que aplica cada organismo.
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