MODIFICACION DE LOS ARTS. 2º Y 3º DEL DECRETO 138/020, POR EL CUAL SE ESTABLECE UN NUEVO REGIMEN DE PROMOCION DE INVERSIONES PARA LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCION DE GRAN DIMENSION ECONOMICA, AL AMPARO DE LA LEY N° 16.906 DE PROMOCION Y PROTECCION DE INVERSIONES




Promulgación: 16/07/2021
Publicación: 22/07/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 138/020, de 29 de abril de 2020, por el cual se establece un nuevo régimen de promoción de inversiones para la actividad de construcción de gran dimensión económica, al amparo de la normativa prevista en la Ley N° 16 906, de 7 de enero de 1998 de Promoción y Protección de Inversiones;

   RESULTANDO: que se han efectuado planteos por parte del sector de la construcción sobre la necesidad de adecuar las exigencias vinculadas al área destinada al uso común de los proyectos a las diferentes realidades del sector y de ampliar el plazo para la presentación de los proyectos de inversión a efectos de quedar comprendidos en el régimen de promoción de inversiones para la actividad de construcción de gran dimensión económica;

   CONSIDERANDO: I) que resulta pertinente adecuar las exigencias relativas al área destinada al uso común en función del tipo de proyecto y características de los mismos;

   II) que es conveniente extender el plazo para la presentación de solicitudes para acogerse a los beneficios fiscales del régimen de promoción de inversiones para la actividad de construcción de gran dimensión económica, con la finalidad de permitir una continuidad en el desarrollo de este sector.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el Decreto-Ley de Promoción Industrial N° 14.178, de 28 de marzo de 1974 y por la Ley de Inversiones. Promoción Industrial N° 16.906, de 7 de enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 138/020 de 29/04/2020 
artículo 2.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 138/020 de 29/04/2020 
artículo 3.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - FRANCISCO BUSTILLO - JUAN OLAIZOLA - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - FERNANDO MATTOS - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA
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