EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MALDONADO




Promulgación: 09/07/2021
Publicación: 16/07/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) por la que se solicita la designación para ser expropiado y la toma urgente de posesión, de parte del padrón N° 15.997, manzana catastral N° 1.755, ubicado en zona urbana, Paraje Altos del Pinar, departamento de Maldonado;

   RESULTANDO: I) que por Resolución N° 388/14 de fecha 15 de agosto de 2014, el Sub-Gerente General Operación (SGGO) de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), en ejercicio de atribuciones delegadas, aprobó el arrendamiento de una fracción de campo, padrón N° 15.997 (p), manzana catastral N° 1.755, ubicado en el departamento de Maldonado, para la radiobase de telefonía celular denominada "Maldonado Park", a celebrarse con el Sr. Julio César Rivero Casas, por un precio de U$S 30.000 (dólares americanos treinta mil) por el plazo de 15 (quince) años a partir de la firma del contrato;

   II) que posteriormente a la firma del contrato, la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) advirtió que existía un vínculo funcional entre la referida Administración y el propietario del inmueble, impedimento para contratar válidamente según lo establecido por el artículo 46 del TOCAF, derivando nulo el contrato celebrado por ausencia de poder normativo negocial;

   III) que por Resolución N° 1422/18 de fecha 30 de noviembre de 2018, el Directorio de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, resolvió autorizar acciones tendientes a la resolución del contrato de arrendamiento de una fracción de campo, padrón N° 15.997 (p), manzana catastral N° 1.755, ubicado en el departamento de Maldonado y solicitar al Poder Ejecutivo el Decreto de Expropiación sobre la fracción de terreno mencionada;

   CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual del Ministerio de Industria, Energía y Minería, informa que analizadas las actuaciones, entiende que la expropiación solicitada responde a un interés general, por lo que considera plenamente probada la necesidad y utilidad pública de la adquisición del inmueble en cuestión, tal como lo prescriben el artículo 32 de la Constitución de la República y las disposiciones de la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912, sugiriendo el dictado del Decreto de expropiación pertinente;

   II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, compartiendo el informe precedente, y no teniendo objeciones que formular, considerando que estaría en condiciones del dictado del Decreto respectivo;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto en la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912 y sus modificativas, y en el Decreto - Ley N° 15.027 de 17 de junio de 1980;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Designase para ser expropiada por la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) una fracción del padrón urbano N° 15997 (P), de Paraje "Altos del Pinar", manzana catastral 1755, de la 1ra. Sección Judicial y Catastral del departamento de Maldonado, que consta de una superficie de 229 m², que se deslinda así: 5 metros al este de frente a la calle Los Alhelíes; 38 metros con 20 dm al sur lindando con el padrón N° 15.998; 8 metros con 50 dm al oeste lindando con parte del padrón N° 17871; línea quebrada al norte compuesta por tres tramos rectos que miden 11 metros con 20 dm, 3 metros con 50 dm y 27 metros con 12 dm respectivamente, corriendo el primero y tercero de los nombrados de este a oeste y el segundo de los nombrados de norte a sur lindando los tres tramos mencionados con el resto del padrón N° 15.997 del cual forma parte. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 80/024 de 12/03/2024 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 222/021 de 09/07/2021 artículo 1.

Artículo 2

   Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI
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