ACUERDOS INTERNACIONALES - COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 25/05/1992
Publicación: 23/07/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 479

Artículo 4

    De conformidad con lo dispuesto por la Resolución 2 del Consejo de
Ministros, artículo 6º, letra s) y por el artículo 14 del Acuerdo
Comercial Nº 21 las preferencias a que refieren los artículos 2º y 3º del
presente decreto, serán extendidas automáticamente en favor de los países
de menor desarrollo económico relativo con los mismos márgenes de
preferencia y condiciones a que refieren los artículos anteriores.
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