FIJACION DE UN REGIMEN DE COMPENSACIONES ESPECIALES APLICABLE A LOS FUNCIONARIOS DE LA SALUD QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 03/07/2012
Publicación: 10/07/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 44

Artículo 4

 Los valores que se establezcan estarán referidos al cumplimiento del
horario real de trabajo y sujetos a disponibilidad de crédito
identificados en Anexo. Para quienes estén autorizados a cumplir con una
carga horaria diferente, los valores se proporcionarán a las horas
autorizadas. Para el caso de los profesionales que tengan asignados
compromisos de gestión se realizara la provisión presupuestal
correspondiente con cargo a la misma partida dispuesta en el Artículo 2
del presente Decreto.
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