AGENCIAS DE VIAJES




Promulgación: 10/07/2006
Publicación: 14/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 55

Artículo 4

 Cuando la actividad de la Agencia de Viajes se hubiera limitado a la
venta del pasaje aéreo, su responsabilidad alcanzará al cumplimiento de
su actividad como intermediario, siendo de su cargo la prueba
respectiva.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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