AGENCIAS DE VIAJES




Promulgación: 10/07/2006
Publicación: 14/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 55

Artículo 5

 Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior e
independientemente de las obligaciones de las Agencias derivadas de su
calidad de intermediarias, las mismas deberán desarrollar las actividades
necesarias para minimizar o hacer desaparecer los efectos perjudiciales
del incumplimiento de las compañías aéreas.
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