Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes relacionados con el reajuste de tarifas de
la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, para los servicios
de suministros de agua y saneamiento;
Resultando: que las tarifas vigentes datan del mes de setiembre de 1992
y la revisión de las mismas se funda en la impostergable necesidad de
adecuar los ingresos del citado Organismo, a las obligaciones que originan
la prestación de los referidos servicios públicos;
Considerando: que el incremento tarifario del 11% (once por ciento),
presentado por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, se ha
ajustado a las necesidades urgentes de la Administración y refleja el
aumento de los costos previstos a partir del 1º de enero de 1993;
Atento: a lo dispuesto por el Artículo 11, Inciso b) de la Ley Nº
11.907 del 19 de diciembre de 1952;
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébanse las siguientes tarifas y normas de pago de la
Administración de las Obras Sanitarias del Estado para los servicios de
suministros de agua potable y recolección, alejamiento y depuración de
aguas servidas, como asimismo complementarias, que reglamenten derechos y
deberes de los usuarios para el normal cumplimiento de la función
específica asignada a dicho Organismo. (*)