TRATAMIENTO PREVENTIVO DE SARNA Y PIOJERA OVINA




Promulgación: 25/01/1982
Publicación: 19/02/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 410
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.225 Derogada/o de 10/12/1981.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El tratamiento a que se hace referencia, deberá ser efectuado con
carácter general, desde el 1º de enero al 15 de febrero de cada año.
   El Ministerio de Agricultura y Pesca, a propuesta de la Dirección
General de los Servicios Veterinarios podrá modificar, antes del 30 de
setiembre de cada año, la fecha de tratamiento antes mencionada.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
Referencias al artículo
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