TRATAMIENTO PREVENTIVO DE SARNA Y PIOJERA OVINA




Promulgación: 25/01/1982
Publicación: 19/02/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 410
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.225 Derogada/o de 10/12/1981.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   A partir del primer día del período anual de tratamiento toda la
hacienda ovina que sea extraída de los establecimientos, deberá haber dado
cumplimiento a lo establecido en los artículos 1º y 2º del presente
decreto.

   A esos efectos en el certificado guía que acompaña la tropa, deberá
constar en el capítulo "observaciones", lugar y fecha de la presentación
de la declaración jurada.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14.
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