APROBACION DEL REGLAMENTO DE CONVERSION MASIVA DE ARTEFACTOS




Promulgación: 13/06/2002
Publicación: 20/06/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 1106

Artículo 3

 Autorízase a la empresa Gaseba Uruguay S.A. a disponer el
corte del servicio de suministro de gas a los usuarios que, previa 
intimación, no permitan la realización de la conversión. La medida se 
comunicará a la Dirección Nacional de Energía.
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