REGLAMENTACION DEL ART. 461 DE LA LEY 20.075, RELATIVO A LA ASIGNACION PRESUPUESTAL ANUAL PARA EL PROGRAMA "INVESTIGACION, INNOVACION Y DESARROLLO EXPERIMENTAL"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 461.
Artículo 6
(Cometidos del Director Ejecutivo) Serán cometidos del Director Ejecutivo:
a) Elaborar y someter a consideración del Comité Directivo el diseño de
los instrumentos del programa, el plan anual de actividades, la
propuesta de presupuesto y la planificación financiera incluyendo los
planes de comunicación del programa.
b) Convocar al Comité Directivo al menos dos veces al año a efectos de
rendir cuentas de lo actuado.
c) Dirigir el equipo de trabajo del programa.
d) Aprobar los contratos, reglamentaciones y procedimientos necesarios
para el funcionamiento general del programa y someterlos a
consideración del Comité Directivo, cuando así éste se lo encomiende.
e) Realizar las gestiones requeridas para el funcionamiento del programa
ante los organismos públicos competentes.
f) Realizar el seguimiento y control a los diferentes instrumentos que
componen el programa, así como tomar las decisiones que sean
necesarias para una correcta ejecución en tiempo y forma de los
distintos componentes del programa.
g) Supervisar el desempeño de las inversiones efectuadas por los
distintos componentes del programa
h) Gestionar los vehículos de inversión para los diversos desembolsos del
programa, de acuerdo al diseño de los diferentes instrumentos y los
contratos existentes, que contarán con la previa autorización del
Comité Directivo.
i) Cumplir con todas las tareas inherentes a la administración del
programa.