INCORPORACION AL DERECHO POSITIVO NACIONAL LA RESOLUCION GMC 8/23, POR LA QUE SE APROBO EL SUB-ESTANDAR 3.7.23 "REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA FRAGARIA X ANANASSA (FRUTILLA) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Adóptase el Sub-Estándar 3.7.23 "Requisitos Fitosanitarios para Fragaria x ananassa (frutilla) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR, (*) cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.