APROBACION DEL REGLAMENTO GENERAL DE REQUISITOS DE SEGURIDAD PARA INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA Y SUS ANEXOS




Promulgación: 23/06/2011
Publicación: 11/07/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 1300
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Las Instituciones de Intermediación Financiera, a los efectos de obtener
la habilitación de sus locales deberán presentar un Plan de Seguridad para
cada local, el que será aprobado por el Registro Nacional de Empresas
Prestadoras de Servicios de Seguridad, Vigilancia y Afines.(RE.NA.EM.SE).
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