PLAN DE AHORRO DE ENERGIA ELECTRICA




Promulgación: 14/04/2008
Publicación: 22/04/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 835
Ver vigencia: Decreto Nº 221/010 de 14/07/2010 artículo 1.
Referencias a toda la norma
VISTO: los planes de ahorro energético dispuestos por el Decreto N°
116/005, de 17 de marzo de 2005, y su modificativo N° 120/005, de 28 de
marzo de 2005 y por Resolución del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, de 14 de enero de 2008;

RESULTANDO: I) que por los mismos se han establecido recomendaciones a los
sectores residencial, comercial, industrial e impuesto a las dependencias
estatales la implementación de un plan de ahorro energético, así como la
ejecución de medidas concretas, a los fines de mitigar la situación de
riesgo en el suministro de energía eléctrica;

II) que en tanto dicha situación se ha agravado dada la compleja situación
energética regional que no permite aprovechar al máximo la posibilidad de
intercambio energético, así como el déficit hídrico existente en las
cuencas donde se encuentran ubicadas las centrales hidroeléctricas;

III) que el estado de los niveles y de los aportes a los embalses de las
centrales hidroeléctricas configura una situación de fuerza mayor que
obliga a conservar, en la medida de lo posible, el agua del embalse de
Rincón del Bonete para asegurar el abastecimiento;

IV) que de la evolución de la demanda eléctrica en el sector público y
otros, se constata que existen oportunidades de ahorro que contribuirían a
minimizar el riesgo en el suministro de energía eléctrica;

CONSIDERANDO: I) que la situación de riesgo a que se ha hecho referencia
aconseja disponer la aplicación de un nuevo Plan de Ahorro de Energía
Eléctrica, que profundice su efectivo ahorro y/o mejor aprovechamiento,
con el objetivo de minimizar eventuales perjuicios al conjunto de la
sociedad;

II) que dicha profundización impone incorporar prohibiciones al sector
público, exhortando a su vez al sector comercial y residencial a aplicar
recomendaciones que contribuyan a reducir su consumo de electricidad;

ATENTO: a lo expuesto, lo dispuesto en la Ley N° 10.940, de 19 de
setiembre de 1947, y Decreto Ley N° 14.694, de 1° de setiembre de 1977;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
                    actuando en Consejo de Ministros;

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Aplíquese el "Plan de Ahorro de Energía Eléctrica" cuyo texto se adjunta
al presente como anexo y forma parte integrante del mismo. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

 Créase un Grupo Técnico que funcionará en la órbita del Ministerio de
Industria Energía y Minería, conformado por tres técnicos, uno designado
por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, otro por la Unidad
Reguladora de Servicios de Energía y Agua y otro por la Administración
Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.

(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 221/010 de 14/07/2010 artículo 2.

Artículo 3

 Dicho Grupo Técnico tendrá por cometido auditar el grado de cumplimiento
del "Plan de Ahorro de Energía Eléctrica", a cuyos efectos deberá proceder
a su monitoreo y fiscalización en la forma que recoge el anexo adjunto. 

Artículo 4

 Exhórtase a los usuarios del servicio eléctrico de los sectores comercial
y residencial, a disminuir al máximo posible la iluminación de fachadas,
carteles y avisos luminosos, así como todas las luminarias de carácter
decorativo.

Artículo 5

 Encomiéndase a los Ministerios de Educación y Cultura y de Turismo y
Deporte y exhórtase asimismo a los Gobiernos Departamentales, en
coordinación con el Ministerio de Industria, Energía y Minería, a realizar
todas las gestiones necesarias a los efectos de evitar en lo máximo
posible la realización de espectáculos culturales o deportivos masivos que
requieran del consumo de energía eléctrica para su iluminación nocturna.

Artículo 6

 Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial, en dos diarios de
circulación nacional y en la página Web del Ministerio de Industria,
Energía y Minería; cumplido, archívese.
                              

TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - GONZALO FERNANDEZ - DANILO ASTORI - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI -  MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI 
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