En materia de servicios postales la URSEC tendrá los siguientes
cometidos y poderes jurídicos:
a. velar por el cumplimiento de las normas sectoriales específicas;
b. establecer normas regulatorias de los servicios postales, en
conformidad con las normas legales y con los convenios y acuerdos
internacionales que refieren a ellos;
c. autorizar la prestación de servicios postales a terceros,
establecer los requisitos necesarios para dichas autorizaciones,
controlando su cumplimiento; y
d. llevar el registro de empresas autorizadas a prestar servicios
postales, en el que deberán inscribirse también los permisarios
habilitados, en las condiciones que se determinen.