REGULACION DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES. URSEC




Promulgación: 04/05/2001
Publicación: 15/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1155
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 70.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

 En materia de servicios postales la URSEC tendrá los siguientes 
cometidos y poderes jurídicos:
a. velar por el cumplimiento de las normas sectoriales específicas;
b. establecer normas regulatorias de los servicios postales, en 
   conformidad con las normas legales y con los convenios y acuerdos 
   internacionales que refieren a ellos;
c. autorizar la prestación de servicios postales a terceros, 
   establecer los requisitos necesarios para dichas autorizaciones, 
   controlando su cumplimiento; y
d. llevar el registro de empresas autorizadas a prestar servicios
   postales, en el que deberán inscribirse también los permisarios
   habilitados, en las condiciones que se determinen.
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