PROCESO PENAL




Promulgación: 19/05/1981
Publicación: 28/05/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 820

Artículo 2

   Los legajos de relaciones de causas penales susceptibles de gracia, se
archivarán en el Ministerio de Justicia, el que pasado un tiempo
prudencial, procederá a su destrucción.
Ayuda