FIJACION DEL INDICE DE MOVILIDAD PARA LAS PASIVIDADES SERVIDAS POR DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 16/04/1980
Publicación: 25/04/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 692

Artículo 7

   Auméntese a N$ 150.00 mensuales líquidos el monto de la prima por edad
(Artículo 5º ley 13.426, de 2 de diciembre de 1965) a que tienen derecho
los jubilados, de las Direcciones de Pasividades dependientes de la
Dirección General de Seguridad Social, amparados a los regímenes
anteriores a la vigencia del decreto constitucional 9/979.
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