El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 666.
Artículo 4
El monto de la compensación a que refiere el artículo 2° será igual a la diferencia entre el Impuesto Mínimo Complementario Doméstico pagado en Uruguay y la reducción en los impuestos extranjeros resultado del pago de dicho impuesto doméstico en nuestro país.