REGLAMENTACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO ELECTRONICO




Promulgación: 26/06/2006
Publicación: 07/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 1232
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 72.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Consejo Directivo Honorario. El Consejo Directivo Honorario estará
integrado por seis miembros designados por el Presidente de la República,
uno de los cuales actuará en representación de la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto.
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