La Agencia para el Desarrollo del Gobierno Electrónico tendrá los
siguientes cometidos:
a) Crear las condiciones para definir una política nacional
concertada que permita el desarrollo del Gobierno Electrónico.
b) Controlar la ejecución del Plan, elaborando informes, recopilando
información y realizando estudios -que podrán ser encomendados a
terceros- para una evaluación permanente de los avances de los
programas.
c) Dirigir las actividades de difusión de los temas relacionados con
las áreas de su competencia.
d) Evaluar avances y resultados.
e) Coordinar la instrumentación de las estrategias tecnológicas
definidas a nivel de Gobierno y establecer las pautas necesarias
para su aplicación.
f) Apoyar y fomentar las acciones basadas en dichas tecnologías, que
tiendan a mejorar los servicios y la eficiencia operativa de los
diferentes organismos del Estado.
g) Proponer, coordinar y eventualmente desarrollar los proyectos de
cambios basados en tecnología de la información que abarquen
horizontalmente a las diferentes reparticiones.
h) Proponer acuerdos corporativos con diferentes proveedores del
Estado en el área de tecnología, con el fin de mejorar las
condiciones de compra y viabilizar en el mediano plazo las
estrategias definidas.
i) Desarrollar planes y coordinar acciones tendientes a mejorar la
inclusión digital de los ciudadanos, viabilizar la utilización de
las tecnologías de la información y fortalecer las habilidades de
la sociedad en las mismas.
j) Atender la coordinación internacional en materia de Sociedad de la
Información, actuando como nexo en la construcción e
instrumentación de políticas comunes en el área.
k) Vincularse con las entidades internacionales referentes que
compilan y distribuyen índices comparativos entre países.