REGLAMENTACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO ELECTRONICO




Promulgación: 26/06/2006
Publicación: 07/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 1232
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 72.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 La Agencia para el Desarrollo del Gobierno Electrónico tiene como
objetivo procurar la mejora de los servicios al ciudadano, utilizando las
posibilidades que brindan las tecnologías de la información y las
comunicaciones (TIC).
Asimismo, impulsará el desarrollo de la Sociedad de la Información en el
Uruguay con énfasis en la inclusión de la práctica digital de sus
habitantes y el fortalecimiento de las habilidades de la sociedad en la
utilización de las tecnologías.
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