REGLAMENTACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO ELECTRONICO




Promulgación: 26/06/2006
Publicación: 07/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 1232
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 72.
Referencias a toda la norma
VISTO: la necesidad de reglamentar el funcionamiento de la Agencia para
el Desarrollo del Gobierno Electrónico creada por el artículo 72 de la
Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005;

RESULTANDO: que conforme a la citada norma legal el objetivo de la
mencionada Agencia consiste en procurar la mejora de los servicios al
ciudadano, utilizando las posibilidades que brindan las tecnologías de la
información y las comunicaciones;

CONSIDERANDO: que procede instrumentar el funcionamiento de la Agencia
para el Desarrollo del Gobierno Electrónico y definir su organización
ejecutiva y funciones, reasignando los cometidos asignados por el Decreto
225/000 de 8 de agosto de 2000;

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                    Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 La Agencia para el Desarrollo del Gobierno electrónico creada por el
artículo 72 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005, funcionará
con autonomía técnica y se comunicará directamente con la Presidencia de
la República.

TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ - MARIA B. HERRERA - DANILO ASTORI - AZUCENA 
BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI -
MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - JAIME IGORRA - MARINA 
ARISMENDI
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