DELEGACION DE COMPETENCIA DE HABILITACION DE BODEGAS QUE ELABORAN VINOS, EN LA DIRECCION DE CONTRALOR LEGAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 12/04/1978
Publicación: 21/04/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 599

Artículo 4

  La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca
podrá disponer, en cualquier momento, la destilación, venta para elaborar
vinagre o derrame de todo vino inapto decomisado que se encuentre
depositado tanto en dicha Oficina como en los establecimientos
industriales.

 Tratándose de vinos inaptos intervenidos, se requerirá en todos los
casos, el consentimiento de su propietario para proceder a su derrame.
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