Reglamentario/a de: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 234.
Artículo 4
La valoración de los conceptos de calificación establecidos en el
artículo 2 se hará por números enteros comprendidos entre 0 y 12 puntos y
el puntaje promedio para la primera calificación será de 12 puntos.