REGLAMENTACION DE LOS ARTICULOS 242 A 246 DE LA LE 19.996, RELATIVA AL "PROGRAMA ACCESOS"




Promulgación: 20/06/2022
Publicación: 28/06/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículos 242, 243, 244, 
245 y 246.

CAPÍTULO I - DEL ALCANCE, OBJETIVO Y CUPOS DEL PROGRAMA

DEL MODO DE DERIVACIÓN, POSTULACIÓN, INCOMPATIBILIDADES Y BENEFICIOS DE LOS/AS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA

Artículo 11

   Actividades y beneficios. En la primera fase, los/as participantes realizarán una práctica educativa laboral, desarrollando diferentes tareas en organismos del Estado, sin que ello signifique un vínculo laboral o funcional con dichas instituciones. Al mismo tiempo recibirán cursos y talleres de capacitación transversal y específica, a fin de generar capacidades y habilidades para el empleo. Estas actividades tendrán una carga horaria de treinta (30) horas semanales, quedando su distribución a consideración de las instituciones involucradas en cada territorio.

   En la segunda fase, aquellos/as participantes que hayan aprobado las evaluaciones realizadas en la Fase I, estarán en condiciones de ser propuestos para su inserción en el mercado laboral formal en aquellas empresas que aspiren a ser "Madrinas". En éstas tendrán un vínculo de trabajo y todos los derechos y obligaciones que de él se desprenden, percibiendo el salario que corresponda al puesto que acceda. Quienes no accedan a una empresa Madrina serán incluidos en una bolsa de trabajo que gestiona el MIDES, a los efectos de ser considerados en futuras solicitudes de empresas.

   Los/as beneficiarios/as de ACCESOS tendrán derecho a la cobertura del Banco de Seguros del Estado (BSE) por cualquier accidente que pudiera ocurrir durante el desarrollo de actividades en instituciones públicas. Asimismo, tendrán derecho a atención gratuita en salud, a través de la afiliación a ASSE, pudiendo optar por otro prestador de salud a cuenta del/la participante.
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