AMPLIACION DEL DECRETO 562/971, RELATIVO A LA UBICACION DE LOS LOCALES DESTINADOS A SEDE, AGENCIAS O TERMINALES DE LINEAS INTERDEPARTAMENTALES O INTERNACIONALES




Promulgación: 12/04/1978
Publicación: 20/04/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 594

Artículo 2

  Quedan eximidas de cumplir el precedente requisito, las sedes, agencias o terminales de líneas que se encuentren completamente instaladas y en pleno funcionamiento a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.
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