Reglamentario/a de: Ley Nº 20.179 de 08/08/2023.
CAPÍTULO V - EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN
El Ministerio de Salud Pública supervisará la implementación de la Ley, a través de auditorías periódicas, seguimiento de indicadores de calidad y cobertura, y reportes anuales por parte de los prestadores.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 24 (vigencia).