REGLAMENTACION DEL ART. 235 DE LA LEY 19.889, RELATIVO AL COMETIDO DEL PODER EJECUTIVO DE APROBACION DEL PRECIO DE VENTA DE LOS DIFERENTES COMBUSTIBLES PRODUCIDOS POR ANCAP, CON ENTREGA EN CADA UNA DE SUS PLANTAS DE DISTRIBUCION




Promulgación: 28/06/2021
Publicación: 01/07/2021
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 235.

Artículo 4

   A partir del 1° de julio de 2021 y de forma mensual, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) determinará el PI de conformidad con los artículos 1° y 3° del Decreto N° 137/021 del 10 de mayo de 2021.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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