PRORROGA AL REGIMEN DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE TERCEROS




Promulgación: 05/06/2002
Publicación: 11/06/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 965
VISTO: la designación de responsables por el pago de obligaciones 
tributarias de terceros realizada en el Decreto Nº 94/002, de 19 de marzo 
de 2002 y la definición de empresas administradoras de créditos realizada 
en el artículo 1º del Decreto Nº 200/002, de 31 de mayo de 2002.-

CONSIDERANDO: I) conveniente postergar la entrada en vigencia del 
referido régimen de modo de permitir que las empresas administradoras de 
créditos realicen los ajustes pertinentes en sus sistemas.-

II) necesario flexibilizar la mencionada definición.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168º ordinal 4º de 
la Constitución de la República.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Prorrógase hasta el 24 de junio de 2002 la entrada en vigencia del 
Decreto Nº 94/002, de 19 de marzo de 2002.-

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 200/002 de 31/05/2002 artículo 1 inciso 
2º).

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc..-

BATLLE - ALBERTO BENSION


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