FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. SERVICIO DOMESTICO. JULIO 2005




Promulgación: 27/06/2005
Publicación: 01/07/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 1042

Artículo 4

 Lo dispuesto en el artículo 1° regirá a partir del 1° de Julio de 2005 y
no será aplicable a los salarios de los trabajadores del servicio
doméstico rural.
Ayuda