CAPITULO III - DEL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION SECCION VIII - DE LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA PROVISIONALES
Artículo 61
La resolución del Poder Ejecutivo que dispone la aplicación de una medida
provisional, contendrá un resumen sobre la determinación preliminar del
daño grave o amenaza de daño grave a la producción nacional y de la
relación de causalidad entre el aumento de las importaciones y el daño
grave o la amenaza de daño grave, como así también de la existencia de
circunstancias críticas.- (*)