Exigencias sanitarias:
a) el personal que trabaje en el ordeño y manipule la leche, deberá
poseer carné de salud vigente expedido por organismo oficial competente,
o instituciones médicas autorizadas por el Ministerio de Salud Pública.
b) deberá adecuar la sanidad de los animales de su establecimiento a los
requerimientos de los Programas de Campañas Sanitarias que ejecute la
Dirección de Sanidad Animal.