APROBACION DE UN DISTINTIVO ESPECIAL PARA SER USADO POR JEFES Y OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 03/01/1978
Publicación: 24/01/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 10

Artículo 3

   Su ubicación será: A) sobre el lado izquierdo del pecho, cinco
milímetros encima del bolsillo, coincidiendo su borde izquierdo con la
línea izquierda vertical del mismo, para integrantes del Ejército y Fuerza
Aérea;

  B) Sobre el lado izquierdo del pecho y en la forma dispuesta para las
cintas en las figuras 25 B y 26 B del Reglamento de Uniformes para
Oficiales de la Armada.
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