Visto: la necesidad de instituir un distintivo especial para uso de
aquellos Oficiales Superiores, Jefes y Oficiales de las Fuerzas Armadas
que presten o hayan prestado servicios durante cierto período en el
Ministerio de Defensa Nacional.
Considerando: que la creación del distintivo de referencia no sólo
tiene por finalidad la de identificar el destino en el cual los Oficiales
presten servicios, sino la de distinguir a todos aquellos que durante un
determinado período hubieren intervenido colaborando significativamente,
en la labor y estudio de los revelantes y complejos problemas que plantea
la realidad nacional, como integrantes de esta Secretaría de Estado,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Institúyese el distintivo especial correspondiente al Ministerio de
Defensa Nacional, el que consistirá en un rectángulo de 3 (tres)
centímetros de largo por 1 (un) centímetro de ancho, en metal esmaltado
con bordes exteriores en dorado, conteniendo cinco franjas blancas y
cuatro azules, formando el diseño del Pabellón Nacional y llevando en el
centro una estrella de ocho puntas en material dorado de ocho milímetros
de diámetro.