El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 2
Establécese la bonificación del 32% (treinta y dos por ciento) de las Tarifas de Uso de Muelle ya bonificadas y sobre la Tarifa General, según corresponda de acuerdo al lugar de atraque y al tiempo que dure la escala la Tarifa de Uso de Fondeo aplicable en el Amarradero de barcazas.