REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO DE PREGON O PUJA A LA BAJA ESTABLECIDO EN LA LEY 18.834




Promulgación: 20/07/2015
Publicación: 27/07/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículos 19 y 33.

CAPITULO II
PROCEDIMIENTO DEL PREGÓN

Artículo 5

   (Convocatoria).- La convocatoria de este procedimiento será efectuada por la Administración Pública Estatal en el sitio web de Compras y Contrataciones del Estado y en el portal de datos abiertos del Estado "datos.gub.uy", de conformidad con lo establecido en el Artículo 54 del TOCAF. La antelación mínima requerida de la convocatoria será verificada automáticamente en el sistema informático.

   La publicación de la convocatoria deberá incluir el pliego de condiciones particulares, ficha técnica, administración convocante, fecha y hora límite de realización de consultas o solicitud de prórroga, fecha y hora límite de presentación de propuestas, fecha y hora del inicio de la fase de puja de cada ítem.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 21 (vigencia).
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