REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO DE PREGON O PUJA A LA BAJA ESTABLECIDO EN LA LEY 18.834




Promulgación: 20/07/2015
Publicación: 27/07/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículos 19 y 33.

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4

   (Sistema informático).- ACCE será responsable de la disponibilidad, mantenimiento, confidencialidad, seguridad, auditabilidad y transparencia del sistema informático requerido para la puja. En caso de fallas en el sistema que impidan la normal ejecución de las pujas, se reprogramarán las pujas afectadas para una nueva fecha que deberá ser publicada con un mínimo de un día hábil en el sitio web de Compras y Contrataciones del Estado. Asimismo, las ofertas de puja ingresadas durante el proceso fallido serán borradas automáticamente del sistema, conservándose únicamente las ofertas iniciales.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 21 (vigencia).
Ayuda