REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO DE PREGON O PUJA A LA BAJA ESTABLECIDO EN LA LEY 18.834




Promulgación: 20/07/2015
Publicación: 27/07/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículos 19 y 33.

CAPITULO II
PROCEDIMIENTO DEL PREGÓN

Artículo 19

   (Intervención).- La intervención de los gastos generados por el procedimiento Pregón estará a cargo del Tribunal de Cuentas de la República o de sus Contadores Delegados ante el Organismo contratante de acuerdo al límite y en la oportunidad establecida en la normativa vigente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 21 (vigencia).
Ayuda