REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO DE PREGON O PUJA A LA BAJA ESTABLECIDO EN LA LEY 18.834




Promulgación: 20/07/2015
Publicación: 27/07/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículos 19 y 33.

CAPITULO II
PROCEDIMIENTO DEL PREGÓN

Artículo 11

   (Presentación de propuestas).- Los oferentes deberán ingresar sus ofertas en línea a través del sitio web de Compras y Contrataciones del Estado hasta la fecha y hora indicadas como límite a esos efectos. Hasta el mencionado plazo los proponentes podrán retirar o reemplazar su oferta. Para presentar ofertas en línea, el proveedor deberá gestionar previamente su contraseña en el mencionado sitio. El acceso al sistema electrónico está limitado a los proveedores debidamente registrados, siendo el uso de la contraseña de exclusiva responsabilidad del proveedor, incluyendo los daños derivados de su uso indebido, incluso por un tercero.

   Las ofertas deberán incluir las especificaciones técnicas, la propuesta económica, y todos los elementos vinculados a programas de compras públicas vigentes que apliquen a la convocatoria, que sean necesarios a efectos de poder realizar una comparación de las ofertas económicas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 21 (vigencia).
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