APROBACION DEL INFORME FINAL PRESENTADO POR LA COMISION INTERMINISTERIAL
CON EL COMETIDO DE ANALIZAR LA INSTALACION DE UN PUERTO DE AGUAS PROFUNDAS
EN LA COSTA ESTE DE LA REPUBLICA
VISTO: que la Comisión Interministerial (en adelante CIPAP) para analizar
la viabilidad de un Puerto de Aguas Profundas, creada por Decreto N°
395/011 de 15 de noviembre de 2011, ha elevado al Poder Ejecutivo el
Informe Final conteniendo el resultado de los estudios realizados y las
recomendaciones formuladas respecto de la instalación de dicho puerto en
la costa este de nuestro país;
CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011
que establece el marco regulatorio aplicable al régimen de contratos de
Participación Público-Privada y las disposiciones contenidas en el Decreto
N° 17/012 de 26 de enero de 2012;
II) que analizado el Informe Final producido por la CIPAP y
particularmente, las recomendaciones formuladas, el Poder Ejecutivo
considera oportuno aprobar dicho Informe e iniciar el proceso necesario
para concretar la instalación de un puerto de aguas profundas en la costa
oceánica de nuestro país;
III) que es conveniente darle continuidad al trabajo realizado y
aprovechar al máximo la experiencia adquirida, manteniendo el equipo
interministerial actuante y ampliando su integración con representantes de
otras carteras involucradas;
IV) que es necesario asignarle a la CIPAP cometidos acordes a los
objetivos de esta nueva etapa, definir el plazo para completarlos y los
recursos con los que contará para desarrollar sus trabajos;
V) que el Poder Ejecutivo entiende prioritario la concreción de las obras
y la puesta en funcionamiento del puerto en el menor plazo posible, dado
su alto impacto positivo en la estructura productiva, económica y
logística de transporte, para el comercio exterior de la región y su valor
estratégico;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: